jueves, 7 de julio de 2011

Proyecto legislativo o legal "Equilibrio en Inteligencia: Seguridad y Desarrollo"
 Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro

En la legislación pertinente de Inteligencia se consigna, en su artículo 3º, que su labor es la seguridad nacional. En la Constitución del Perú, artículo 171º, ordena que el rol de la institución Inteligencia, además, de lo mencionado, es participar en el desarrollo de la nación. Acreditándose la necesidad de examinar las normatividades, normando dicha otra función en la legislación de Inteligencia, en aplicación de la Constitución; hallándose el equilibrio de dicha institución en su normatividad y funcionamiento: seguridad y desarrollo.

Por otro lado, el concepto o esencia de la institución Inteligencia es siempre estar a la vanguardia de todas las actividades humanas. Que lo demuestro:

- La propia legislación de Inteligencia, en su artículo 3º, señala a su labor contra amenazas y riesgos, es decir, actúa antes que sucedan los problemas, su naturaleza.
- La propia semántica de inteligencia, que significa, resolver problemas. Teniendo la información a su disposición, es racional la solución de problemas utilizando dichas informaciones, antes que ocurran o empeoren los problemas, respetando el principio de ahorro, eficiencia, de la administración estatal.
- En estricta aplicación de la Constitución y normas conexas, que ordena a la institución Inteligencia trabajar en la seguridad y el desarrollo o conjunto de actividades humanas, obviamente, por su naturaleza, antes que surjan o empeoren los problemas.

Leer Costo de la Doctrina “Equilibrio en Inteligencia: Seguridad y Desarrollo” Autor: Leonidas M. Bustamante Fierro, en http://www.ekiemprende.blogspot.com/2012/07/costo-de-la-doctrina-equilibrio-en.html#links.

 Leonidas Mauro Bustamante Fierro
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