sábado, 31 de marzo de 2012

Señor:
José Miguel Insulza
Secretario General de la OEA
Presente
Mediante la presente alcanzo a su prestigiosa Institución, un estudio que soluciona el problema de la formalización de la propiedad –ámbito y bienestar de los Estados integrantes de la OEA- en la Persona Jurídica Asociación, que integra mis estudios escritos en mi blog Ekilibrio www.ekileo.blogspot.com:
Propietarios sin títulos en la Persona Jurìdica Asociaciòn
De la “Teoría Erradicación de la Pobreza Crónica”, Autor Leonidas Mauro Bustamante Fierro, “…la propiedad colectiva (Asociación, cooperativa) del emergente y la propiedad privada del no emergente en su emprendimiento.
La doctrina del capitalismo y comunismo tienen un acuerdo involuntario en perjuicio de los emergentes. Escribieron, por el objetivo del progreso, las tierras –medios de producción- son insuficientes, negando a los emergentes, el acceso a la propiedad privada legal, que se demuestra con la exorbitante cantidad de propiedad informal en los países emergentes. Con pleno conocimiento, que no teniendo propiedad legal los emprendimientos no tendrán crédito, herramienta que hace su crecimiento duradero, enseñado en la universidad e instituciones de educación superior.
Creando, en países comunistas, legislaciones de propiedades comunistas o colectivas (Asociación) destinado a los emergentes, en donde individualmente no son propietarios de activos, con represión de la propiedad privada. Y en países del capitalismo, la propiedad privada destinado a los no emergentes, con no fomento legal de la propiedad privada a favor de los emergentes o su restricción”. En http://ekiemprende.blogspot.com/2012/02/teorias-erradicacion-de-la-pobreza_29.html#links.
En los proyectos de compras de terrenos a construirse mercados o centros comerciales – de igual manera en las de viviendas -, existiendo un contrato entre la Asociación y el microinversionista emprendedor; este microinversionista emprendedor es el PROPIETARIO  INDIVIDUAL SIN TÍTULO DEL TERRENO. LA ASOCIACIÓN NO ES PROPIETARIA.
El contrato distancia la propiedad de la Asociación y la propiedad del microinversionista; NO EXISTIENDO PROPIETARIOS ASOCIATIVOS, MAL DICHO O ESCRITO.
Problema, la exorbitante informalidad de la propiedad privada emergente  en América del Sur aproximado de 159`000,000.00 Ciento Cincuenta Millònes de propiedades sin título; y, en el Perú, cerca a 9`796,000.00 Nueve Millónes Setecientos Noventiseis Mil de propiedades sin título, al  haber adquirido, en supuesto, la propiedad, la Asociaciòn, y no el microinversionista emprendedor.
Agradeciendo su atención al presente documento me despido
Ate, Lima, Perú, 31 de marzo del 2012
Leonidas Mauro Bustamante Fierro
              El Autor
        DNI.N°06562758