La Constitución de Venezuela, Art. 3°, la prosperidad se alcanza mediante los procesos fundamentales de la educación y el trabajo.
Visión: Equilibrio del conjunto de procesos de la sociedad(2010), Autor/Titular Leonidas M. Bustamante Fierro. Blog "Ekilibrio", Autor Leonidas M. Bustamante Fierro, Derechos de Autor Reservados. La Cuenta de Ahorro del Titular Leonidas Mauro Bustamante Fierro en el Banco de Crédito es 191-25404024-0-29, moneda en Nuevos Soles; y, la Cuenta de Ahorro del Titular Leonidas Mauro Bustamante Fierro en el Banco Continental es 0011- 0183-12-0200959465, moneda en Nuevos Soles.
lunes, 1 de noviembre de 2010
La Constitución de Venezuela, Art. 3°, la prosperidad se alcanza mediante los procesos fundamentales de la educación y el trabajo.
miércoles, 27 de octubre de 2010
Los Contratos
Conocemos la existencia múltiples contratos. Además de su variedad, a los directivos les interesa dominar su concepto, para las correctas decisiones que son sus funciones. Permitiéndole orientar sus actividades administrativas, legales, etc.
El contrato o los contratos tienen una sola estructura.
1.- Presentación. En la que los contratistas mencionan sus nombres, sus cargos, dirección. Es decir, se presentan. En persona natural o jurídica. Relacionado al derecho penal es la más importante.
2.- Cláusulas. En la que se escriben la voluntad o acuerdos de los contratistas.
La legislación Civil dice que los contratos son acuerdos de voluntades fundamentalmente para crear. En su artículo 1351°, expresa: "Las partes pueden determinar libremente el contenido del contrato, siempre que no sea contrario a norma legal de carácter imperativo". Y en su artículo 169°: “Las cláusulas de los actos jurídicos se interpretan las unas por medio de las otras, atribuyéndose a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas”.
Con los artículos mencionados, además de los artículos 168° y 170° de la misma legislación, obviamente en la presentación no existen acuerdos, porque no se puede acordar la modificación o creación del nombre o nombres de los que participan en el contrato. No se crea ni se modifica ningún dato, no puede haber interpretación porque no existirá ninguna duda.
Y de manera, contraria, en la las cláusulas la legislación permite variaciones de las condiciones particulares, creaciones, modificaciones, etc. Y por tanto, la interpretación o discusión. Y de responsabilidad solamente de los particulares o privados que firmaron los contratos, y que pertenece, absolutamente, al derecho privado.
Los juicios irregulares que se originan en una persecución o en la competencia desleal, en contra de los líderes o emprendedores, discuten las cláusulas. Lo que está prohibido conforme a la expresa legislación citado.
Cumpliendo con escribir sus nombres naturales o jurídicos y dirección, no puede existir indicios penales para una juicio, que duran años, porque la persona presenta su identidad, su persona, dirección. Y además, de acuerdo a las normas administrativas, son obligaciones de los funcionarios, es decir, su trabajo, conocer los datos de las personas bajo su investigación.
Son conceptos jurídicos a distinguir por los directivos. Saber la estructura de los contratos permite mejorar los emprendimientos.